En diferentes entidades este requisito suele ser muy solicitado
La cédula de ciudadanía en Colombia se inventó como uno de los mayores instrumentos para que los ciudadanos pudieran ejercer su derecho al voto. No obstante, en el gobierno de Alfonso López Pumarejo, en el año 1935, se decretó con la ley 7, artículo 5 que esta iba a ser un documento de identificación de todos los colombianos.
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Y es que en el año 1853 en el país existía únicamente una cédula rudimentaria, que tenía como objetivo garantizar que no se suplantaran a los ciudadanos. Pues en ese momento, la cédula servía solo para votar y se hacía entrega de la misma tan solo tres días antes de las elecciones.
Con el pasar del tiempo, justamente en el año 1951, el Gobierno puso a disposición la nueva cédula, con un diseño modificado de la época. Ya en 1961 este documento fue el único permitido para la identificación de actos civiles, judiciales, administrativos, entre otros, por lo que pasó a ser tramitada por la Registraduría Nacional del Estado Civil.
Entre 1970 y 1980 al país aterrizaron varias compañías cuyo potencial eran las fotocopiadoras, que permitían replicar documentos, en dado caso que hubiese una pérdida de los mismos. Sin embargo, a pesar de que el documento no era tan visible, en cuanto las fotos y datos, algunas entidades comenzaron a exigir dentro de su papeleo, la ampliación de la cédula al 150% con el objetivo de tener una mejor visual de la información que contiene el documento.
Así las cosas, esta se comenzó a adoptar en bancos, instituciones educativas, empresas comunes para la contratación, y más. Esto se realiza para que los datos personales, la fotografía y todo lo que facilita la identificación y verificación del ciudadano, sea mejor visto y más claro.
Esta copia puede servir para mayor legibilidad en los datos.
¿Para qué requerimientos se necesita la cédula ampliada al 150%?
Esto suele ser muy pedido, especialmente para los requisitos de legalidad, ya que algunas leyes pueden exigir que se presente una o varias copias de la cédula ampliadas, para ejecutar a cabalidad los trámites o procesos, según se requieran.
Asimismo, eso también puede ser pedido por requerimiento para evitar suplantaciones, fraudes o falsificación de documentos.
La Ley ‘Antitrámites’ permite que ya no pidan la fotocopia de la cédula al 150%
REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL
¿Todavía pueden exigir fotocopias de la cédula al 150%?
La ‘Ley Antitrámites’ fue aprobada en el Congreso de la República que incentivó la creación de un archivo digital con los documentos de todos los ciudadanos, con el objetivo de hacer una reducción en sus trámites con el Estado.
Es así, que ahora, se omiten requisitos como lo es la fotocopia de la cédula ampliada al 150%, donde comenzó a regir desde el año 2021. Los ponentes de la ley, entre los que se encuentra Juan Fernando Reyes, quien fue representante a la Cámara, argumentaron que el proceso de los papeles puede afectar algunos derechos de los ciudadanos.
Por eso, la ‘Carpeta Ciudadana’, es el archivo digital donde estarán este tipo de documentos que serán guardados cada vez que los ciudadanos tengan relación con el Estado, o que se presente este documento.
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